R. M. Nº 256-2016-MINEDU -
Modifican el cuadro N° 07 Selección de Instituciones Educativas Públicas, del
Punto VIII: Estrategia de Intervención, del Plan de Fortalecimiento de
Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos para el año 2016 - www.minedu.gob.pe
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MINISTERIO
DE EDUCACIÓN
Modifican el cuadro N° 07 Selección de Instituciones Educativas Públicas, del Punto VIII: Estrategia de Intervención, del Plan de Fortalecimiento de Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos para el año 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 256-2016-MINEDU
Modifican el cuadro N° 07 Selección de Instituciones Educativas Públicas, del Punto VIII: Estrategia de Intervención, del Plan de Fortalecimiento de Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos para el año 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 256-2016-MINEDU
Lima, 19 de mayo de
VISTOS, el Informe Nº
036-2016-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, el informe N° 272-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, el
Informe N° 457-2016-MINEDU/SG-OGAJ, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, señala que los Institutos y Escuelas de Educación Superior forman de manera integral profesionales especializados, profesionales técnicos y técnicos en todos los campos del saber, el arte, la cultura, la ciencia y la tecnología. Producen conocimiento, investigan y desarrollan la creatividad y la innovación;
Que, el literal j) del numeral 21.1 del artículo 21 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2016, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, entre otras finalidades, para la contratación de personal docente, directivo, jerárquico y administrativo y la adquisición de bienes y servicios destinados al fortalecimiento y optimización institucional de Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica, los cuales serán seleccionados de acuerdo con los criterios y requisitos que apruebe el Ministerio de Educación, en mérito a los criterios de calidad y pertinencia de la Educación Superior;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 072-2016-MINEDU, se aprobó el Plan de Fortalecimiento de Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos para el año 2016, el mismo que tiene como finalidad contribuir al desarrollo sostenible del país, elevando la productividad y competitividad, mediante la oferta de un servicio educativo de calidad y pertinente en los institutos de educación superior tecnológicos públicos seleccionados a nivel nacional;
Que mediante el Informe Nº 036-2016-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, sustenta la necesidad de modificar el cuadro N° 07: Selección de Instituciones Educativas Públicas, del Punto VIII: Estrategia de Intervención, del Plan de Fortalecimiento de Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos para el año 2016, a fin de fortalecer la carrera de electrotecnia industrial en lugar de la carrera de electrónica industrial, en los Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos Pedro P. Díaz y Andrés Avelino Cáceres Dorregaray, de las regiones de Arequipa y Junín, respectivamente, considerando la creciente demanda y la aplicación de la carrera de electrotecnia industrial, orientada a una mayor diversidad de actividades económicas que contribuyen al desarrollo regional;
Que, mediante Informe N° 272-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto, dependiente de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, señala que la referida modificación del Plan de Fortalecimiento de Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos para el año 2016 está alineada a las Metas Educativas al 2021 y al Plan Bicentenario: el Perú hacia el 2021, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2011-PCM, por lo que emite opinión favorable, al estar de acuerdo con la política sectorial del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, señala que los Institutos y Escuelas de Educación Superior forman de manera integral profesionales especializados, profesionales técnicos y técnicos en todos los campos del saber, el arte, la cultura, la ciencia y la tecnología. Producen conocimiento, investigan y desarrollan la creatividad y la innovación;
Que, el literal j) del numeral 21.1 del artículo 21 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2016, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, entre otras finalidades, para la contratación de personal docente, directivo, jerárquico y administrativo y la adquisición de bienes y servicios destinados al fortalecimiento y optimización institucional de Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica, los cuales serán seleccionados de acuerdo con los criterios y requisitos que apruebe el Ministerio de Educación, en mérito a los criterios de calidad y pertinencia de la Educación Superior;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 072-2016-MINEDU, se aprobó el Plan de Fortalecimiento de Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos para el año 2016, el mismo que tiene como finalidad contribuir al desarrollo sostenible del país, elevando la productividad y competitividad, mediante la oferta de un servicio educativo de calidad y pertinente en los institutos de educación superior tecnológicos públicos seleccionados a nivel nacional;
Que mediante el Informe Nº 036-2016-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, sustenta la necesidad de modificar el cuadro N° 07: Selección de Instituciones Educativas Públicas, del Punto VIII: Estrategia de Intervención, del Plan de Fortalecimiento de Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos para el año 2016, a fin de fortalecer la carrera de electrotecnia industrial en lugar de la carrera de electrónica industrial, en los Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos Pedro P. Díaz y Andrés Avelino Cáceres Dorregaray, de las regiones de Arequipa y Junín, respectivamente, considerando la creciente demanda y la aplicación de la carrera de electrotecnia industrial, orientada a una mayor diversidad de actividades económicas que contribuyen al desarrollo regional;
Que, mediante Informe N° 272-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto, dependiente de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, señala que la referida modificación del Plan de Fortalecimiento de Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos para el año 2016 está alineada a las Metas Educativas al 2021 y al Plan Bicentenario: el Perú hacia el 2021, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2011-PCM, por lo que emite opinión favorable, al estar de acuerdo con la política sectorial del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificar el cuadro N° 07 Selección de
Instituciones Educativas Públicas, del Punto VIII: Estrategia de Intervención,
del Plan de Fortalecimiento de Institutos de Educación Superior Tecnológicos
Públicos para el año 2016, aprobado por Resolución Ministerial N°
072-2016-MINEDU, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
CUADRO N°
7 SELECCIÓN DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS
|
|||||
N°
|
Centro
Educativo
|
Región
|
Carrera
|
Matrícula
|
Docentes
por Carrera
|
1
|
CARLOS
CUETO FERNANDINI
|
Lima
|
Electrotecnia
industrial
|
161
|
14
|
Lima
|
Electrónica
industrial
|
177
|
15
|
||
Lima
|
Mecánica
de producción
|
165
|
15
|
||
2
|
JOSE PARDO
|
Lima
|
Metalurgia
|
80
|
8
|
Lima
|
Mecánica
de producción
|
152
|
13
|
||
Lima
|
Mecánica
automotriz
|
257
|
17
|
||
3
|
SIMON
BOLIVAR
|
Callao
|
Cocina
|
62
|
8
|
Callao
|
Tecnología
de análisis químico
|
221
|
16
|
||
4
|
PEDRO P.
DIAZ
|
Arequipa
|
Electrotecnia
industrial
|
185
|
7
|
Arequipa
|
Mecánica
automotriz
|
163
|
8
|
||
5
|
MANUEL
NUÑEZ BUTRON
|
Puno
|
Mecánica
automotriz
|
83
|
5
|
Puno
|
Mecánica
de producción
|
47
|
9
|
||
6
|
ANDRES
AVELINO CACERES DORREGARAY
|
Junín
|
Metalurgia
|
189
|
6
|
Junín
|
Electrotecnia
industrial
|
183
|
8
|
||
7
|
FRANCISCO
DE PAULA GONZALES VIGIL
|
Tacna
|
Mecánica
automotriz
|
97
|
8
|
Tacna
|
Electrotecnia
industrial
|
98
|
10
|
||
8
|
CHINCHA
|
Ica
|
Producción
agropecuaria
|
156
|
6
|
9
|
LA SALLE
|
Cusco
|
Guía
oficial de turismo
|
68
|
3
|
Cusco
|
Industrias
alimentarias
|
63
|
6
|
||
Cusco
|
Producción
agropecuaria
|
105
|
9
|
||
10
|
4 DE JUNIO
DE 1821
|
Cajamarca
|
Industrias
alimentarias
|
101
|
4
|
Cajamarca
|
Mecánica
automotriz
|
105
|
6
|
||
11
|
CEFOP LA
LIBERTAD
|
La
libertad
|
Administración
deHOTELES y
restaurantes
|
61
|
12
|
La
libertad
|
Producción
agropecuaria
|
123
|
8
|
||
TOTAL
|
3,102
|
221
|